jueves, 20 de octubre de 2011

Antecedentes

Democracias deliberativas - o, al menos, sistemas políticos que incluían entre sus prácticas ingredientes de naturaleza deliberativa - han sido la de la antigua Grecia, la de las asambleas cantonales suizas que inspiraron a Rousseau, la que practican a través de “La Palabra” algunas comunidades africanas e indígenas, la que prevalece en los órganos colegiados de las grandes universidades, la que resurge ocasionalmente en los Estados democráticos cuando un debate nacional permite la discusión entre representantes populares, expertos y opinión pública. No se trata de un procedimiento de decisión basado necesariamente en el consenso, pero sí de un prerrequisito de la votación mayoritaria, bajo la premisa de que votar sin discutir no es democrático.
James Fishkin ha propuesto los “sondeos deliberativos” que son pequeños foros de ciudadanos elegidos al azar que discuten, se informan y, sólo al final, toman posición acerca de algún asunto. En algunos parlamentos –especialmente en Escandinavia--, los sondeos deliberativos son una herramienta de los legisladores para consultar a la ciudadanía, siendo más confiables que los sondeos clásicos.

http://es.wikipedia.org/wiki/Democracia_deliberativa

El surgimiento del Estado de Derecho coincide con el final del absolutismo e implica la imposición de la burguesía entre el siglo XVIII y siglo XIX, que a partir del poder económico alcanzado impusieron reclamos políticos y determinaron una transformación radical en la sociedad y el concepto de Estado.
En teoría, la proclamación del Estado de Derecho surge como oposición explícita al Estado absolutista. En esta última forma de Estado, los titulares del poder eran «absolutos», o sea que se liberaban de cualquier poder superior a ellos. Actualmente, de hecho, en gran parte de los Estados del mundo los derechos civiles y políticos están garantizados a todos los individuos sin distinción, gracias a la evolución histórica y política que, a partir del Estado absolutista, ha aportado al surgimiento de lo que se conoce como Estado de Derecho.
Podemos reconocer un ejemplo precursor del Estado de derecho en la constitución inglesa del siglo XVII. La Revolución Gloriosa, combatida contra el absolutismo de la dinastía Stuart conduce a una serie de documentos (el Bill of Rights, el hábeas corpus, el Acta de Establecimiento), que demuestra la inviolabilidad de los derechos fundamentales de los ciudadanos y de la subordinación del rey al parlamento (que es representante del pueblo).
La proclamación consciente y presente del Estado de Derecho se logra a través de las dos grandes revoluciones del siglo XVIII: la Declaración de Independencia de los Estados Unidos y la Revolución francesa.
Las críticas que se dirigen en general al Estado de derecho por la mayoría de la historiografía jurídica, a partir de diversas franjas ideológicas (socialistas, doctrina social de la Iglesia, por ejemplo) y las partes de la masa surgidas a fines del ochocientos y principios del novecientos es aquella de haber reconocido sólo en abstracto los derechos humanos fundamentales, sin tratar la actuación concreta de tales derechos. Por lo tanto, se ha realizado en todos los Estados liberales de facto una situación que de hecho contrastaba con las proclamaciones de derecho prevista por los textos constitucionales vigentes. Estas deficiencias se subsanan con la introducción de los principios del Estado del bienestar y la democracia; concretándose en el llamado Estado social y democrático de Derecho.

http://es.wikipedia.org/wiki/Estado_de_derecho#Historia

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